Cada 5 o 10 años: la normativa obliga a revisar los sistemas contra incendios en edificios

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Cada 5 o 10 años: la normativa obliga a revisar los sistemas contra incendios en edificios. La Junta recuerda las obligaciones de inspección tras la entrada en vigor del nuevo reglamento.

La Junta de Castilla y León impulsa una campaña informativa para recordar a los titulares de establecimientos las obligaciones relacionadas con la revisión de las instalaciones de protección contra incendios, tras la entrada en vigor del Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, que aprueba el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI). La normativa establece distintos periodos de inspección en función del tipo de actividad, instalación y características del inmueble.

La iniciativa, promovida por la Consejería de Industria bajo el lema «¿Está preparado tu sistema de protección contra incendios?», pone el foco en el mantenimiento de los equipos destinados a actuar ante un fuego. Entre los elementos señalados figuran los equipos de extinción, los sistemas de alarma y otros dispositivos de protección activa, cuya conservación debe ajustarse tanto a las indicaciones del fabricante como a las operaciones mínimas fijadas por la normativa.

La inspección periódica queda vinculada al tipo de establecimiento

En los establecimientos industriales afectados por el nuevo reglamento, los titulares tienen la obligación de solicitar una inspección periódica a un organismo de control habilitado con una frecuencia mínima de cinco años. El calendario puede variar según las características de la actividad y las condiciones de seguridad aplicables a cada instalación.

El Real Decreto 164/2025 sustituye al marco regulatorio que permanece vigente desde 2004 y adapta las exigencias técnicas a nuevas soluciones constructivas y al marco normativo europeo. Su aplicación alcanza a los nuevos establecimientos industriales construidos o implantados después de su entrada en vigor, mientras que los que ya se encuentran operativos quedan sujetos a determinadas condiciones para exigir su adaptación.

Las reformas y los cambios de actividad pueden activar nuevas exigencias

Las instalaciones existentes pueden quedar obligadas a adaptarse cuando se llevan a cabo ampliaciones o reformas que aumentan la superficie o elevan el nivel de riesgo intrínseco del sector de incendio. También puede resultar necesaria la adecuación cuando un cambio de actividad modifica las condiciones contempladas en el proyecto original con el que se registra el establecimiento.

La responsabilidad sobre el uso y mantenimiento adecuado de las instalaciones corresponde a los titulares de las industrias. Dentro de las obligaciones figura conservar las actas de las revisiones realizadas por personal cualificado y mantenerlas a disposición de la Administración durante un periodo mínimo de cinco años.

Qué función cumplen los equipos portátiles de extinción

Entre los equipos que deben mantenerse accesibles, señalizados y en condiciones adecuadas figura el extintor abc, destinado a intervenir sobre fuegos correspondientes a las clases A, B y C. Su principal utilidad consiste en ofrecer una primera capacidad de extinción ante determinados tipos de fuego, siempre dentro de las características y limitaciones establecidas para cada equipo.

Necesidad de disponer de equipos adecuados 

La presencia de extintores abc en determinados establecimientos responde a la necesidad de disponer de equipos adecuados para distintas clases de fuego. Estos dispositivos permiten actuar sobre materiales sólidos, líquidos inflamables y gases combustibles compatibles con su clasificación, por lo que su selección debe guardar relación con las características del lugar donde se instalan.

La ubicación y el estado del equipo también forman parte de las obligaciones

La normativa señala que cada extintor debe permanecer en condiciones que permitan su localización y utilización cuando resulte necesario. Por ello, los equipos deben encontrarse accesibles, correctamente señalizados y sometidos a las operaciones de mantenimiento correspondientes, con las revisiones documentadas según las exigencias aplicables.

El nuevo reglamento también establece que los ocupantes habituales de los establecimientos deben conocer las vías de evacuación y el funcionamiento de los sistemas de seguridad. Estas obligaciones se integran en el conjunto de requisitos asociados al mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones de protección activa.

Los establecimientos de menor superficie pueden quedar exceptuados

El régimen de inspecciones periódicas contempla una excepción para determinados establecimientos industriales con una superficie inferior o igual a 120 metros cuadrados, siempre que su densidad de carga de fuego ponderada y corregida no supere los 42 MJ/m². En estos casos, no resulta exigible la inspección periódica prevista para el resto de establecimientos industriales regulados por el nuevo reglamento.

Para las instalaciones de protección activa que no están sometidas a una regulación específica, el periodo establecido es de diez años. Esta situación afecta, entre otros inmuebles, a determinados edificios residenciales, comerciales y de otros usos que quedan sujetos al régimen general de inspección decenal. Gracias por informarte un día más con nosotros en extintoresprotector.com.

La inspección cada diez años también contempla excepciones

La normativa estatal establece igualmente varios supuestos en los que determinados inmuebles pueden quedar exentos de la inspección decenal, siempre que no dispongan de zonas clasificadas como de riesgo especial alto. Entre ellos se encuentran los edificios destinados a uso residencial vivienda.

También pueden quedar fuera de esta obligación los inmuebles administrativos o docentes con una superficie construida inferior a 2.000 metros cuadrados, así como los locales comerciales o de pública concurrencia que no superen los 500 metros cuadrados.

Los aparcamientos con una superficie construida inferior a 500 metros cuadrados figuran asimismo entre los supuestos contemplados por la normativa estatal para la exención de la inspección decenal, siempre bajo las condiciones establecidas por el marco regulatorio.

La campaña difundida por la Junta pone así de relieve los distintos plazos de inspección establecidos para las instalaciones de protección contra incendios. La aplicación de estos periodos queda determinada por las características del establecimiento, su superficie, actividad y régimen normativo, mientras las actas de mantenimiento deben conservarse durante el plazo exigido por la legislación.

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